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| N o r m a s d e C o n v i v e n c i a S o c i a l |
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Definición
Es una pauta de convivencia para que la sociedad pueda existir y sus integrantes puedan interactuar en armonía y tranquilidad hay normas complejas y con sanciones (transito), y otras más simples.
Características
- Son aprendibles y mutables, casi de forma inconsciente, observando a nuestro alrededor se asimilan. (obvio)
- Se cambian y transforman según el tiempo y la situación que se vive.
- Pueden estar por escrito o de forma consuetudinaria , leyes y reglamentos, con mayor peso y las habladas son aprox. 60%.
- Deben ser válidas . Se debe creer en quién la hizo, así tiene validez.
- Deben ser eficaz respondiendo a las necesidades reales de las personas.
- Pueden ser obligatorias y coercitivas , porque admiten sanciones y fuerza
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| S i s t e m a s N o r m a t i v o s |
- Normas Sociales: costumbres y tradiciones de una comunidad, lo cotidiano, su modo de vida.
- Normas Religiosas: regulan el actuar y orientan la conciencia, buscan la santidad y salvación. Constituyen el nivel inicial de religiosidad.
- Normas Morales: exigen a la persona conductas que reflejan la vivencia de valores, proponiendo ideales de vida buena. Pautas que nos orientan a actuar según ciertos principios, que gracias a la conciencia nos reprime si fallamos. Es de forma personal, regulan el comportamiento.
- Normas Jurídicas: Regulan, garantizan y hacen posible la vida en un estado. Tienen carácter obligatorio, se utiliza la fuerza y las sanciones para garantizar su cumplimiento. Características:
Son coercitivas (fuerza y sanciones)
Son heterónomas, impuesta desde fuera (un organismo o alguien)
Son temporales, se pueden abolir, modificar o reemplazar.
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Elementos |
RELIGIOSA |
JURÍDICA |
SOCIAL |
MORAL |
Quién la Promulga |
Dios |
El cuerpo legislativo |
La sociedad (costumbres y moda) |
La persona misma |
Destinatarios |
Todo ser humano |
Miembros de la comunidad política |
Miembros de la sociedad |
A cada persona |
A quién se responde |
Ante Dios |
Ante los tribunales |
Ante la sociedad |
Ante sí mismo |
Sanción
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Conciencia de pecado |
Determinada por las leyes |
Vergüenza, marginación |
Remordimiento de la conciencia |
Quién
Obedece |
Los creyentes |
Los obligados por el pacto político |
Los miembros de la sociedad |
Todos los seres humanos |
Finalidad
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Santidad y salvación |
Bien común (paz, orden, justicia) |
Armonía, respeto y tranquilidad |
Perfección, bondad |
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| E l D e r e c h o |
Definición
Conjunto de normas jurídicas que intenta dar soluciones a los conflictos que surgen de la convivencia social.
Función : además de la justicia, tiene una función pacificadora, promueve la armonía; protege a un individuo frente a una agresión o alguna injusticia de otra persona o del estado (seguridad jurídica). |
Clasificación
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Derecho Natural: normas jurídicas puestas en cada uno, sin que nadie las halla impuesto; están en nuestra naturaleza.
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Derecho Positivo: conjunto de normas jurídicas creadas o dictadas por la sociedad. (Constitución, códigos)
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Derecho Internacional Público: normas y principios que determinan los derechos y deberes del estado para con las personas y otros países.
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Derecho Internacional Privado: normas emanadas de la comunidad internacional que dan solución a conflictos generados cuando las relaciones jurídicas privadas se internacionalizan (que ley aplicar).
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Derecho Nacional Público: interno de cada país; normas jurídicas que rigen y regulan al estado en su accionar ante las personas y organismos
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Derecho Nacional Privado: normas que regulan las relaciones de los particulares entre si y del estado con éstas.
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| L a L e g i s l a c i ó n |
Derecho que emana del poder público que regula la conducta (congreso).
Constitución Política
Es la ley fundamental del la organización y funcionamiento del estado y las libertades públicas. La más importante de las leyes, porque es el cimiento sobre el cual las demás leyes descansan. Creada por el poder constituyente ordinario.
Establece:
- Forma de estado y tipo de gobierno (federal)
- Distribución del poder estatal (a quien se le asigna)
- Derechos esenciales y garantías (promueve)
- Reformas constitucionales (procedimiento y límites)
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Principio de Supremacía Constitucional (por sobre las otras normas)
- Las otras normas no pueden oponerse a las constitucionales.
- Las otras normas (de las fuentes formales) deben elaborarse de acuerdo al procedimiento que la constitución establece.
- La constitución fija los procedimientos para su reforma.
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Puntos dentro de la Constitución
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Tratados Internacionales: acuerdos entre estados o organizaciones inter. de carácter obligatorio pasan a ingresar a la const.
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La Ley : norma jurídica de carácter general y permanente (legislativo).
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Decretos con Fuerza de Ley: poseen el mismo valor de una ley pero solo son dictados por el presidente. Crean o modifican normas.
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Decretos Leyes: normas que regulan materias propias de una ley y son dictadas por los gobiernos de facto (sin poder legislativo, reg. autoritario)
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Reglamentos Autónomos: normas de carácter general y permanente que dicta el presidente en materias no propias a la ley.
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Reglamentos, Decretos e Instrucciones: el poder ejecutivo puede dictar los reglamentos, decretos e instrucciones que ponen en ejecución las leyes.
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- Costumbre Jurídica
- Jurisprudencia de los Tribunales
- Doctrina Jurídica
- Principios Generales del Derecho y Equidad Natural.
- Acto Jurídico
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